...........Al 15 de octubre de 2012, el Diputado Presidente del Congreso Nacional ha estado encabezado una campaña publicitaria, en la que promueve su intención de que la figura del Empleo por Hora se decrete como un cambio permanente al Código del Trabajo (un año antes de completarse el periodo de evaluación de 36 meses). Por lo anterior, ayer me permití reenviar al Congreso mis dos aportaciones –en contra del Empleo por Hora: A. Mi documento “Democracia y Libertad: Respeto por la Voluntad de la Mayoría -EMPLEOS POR HORA”, en el cual analizo porqué la Ley del Empleo por Hora es un GRAVE ERROR -muy PERJUDICIAL para todos (especialmente para las empresas y para la mayoría de la ciudadanía) en Honduras. B. Mi documento “Disminuyendo Daños de Intervención Gubernamental Innecesaria -EMPLEOS A MEDIO TIEMPO”, el cual sigue a continua- ción en esta página, y en el cual propongo que se RECTIFIQUE: Siendo la SOLUCIÓN que la figura del Empleo por Hora se sustituya con la figura del EMPLEO A MEDIO TIEMPO -trabajo de 4 horas por día. Con esa transformación de “Empleo por Hora” a “Empleo a Medio Tiempo”: (1) Las empresas podrán continuar contratando empleados para que trabajen menos de la jornada completa de 8 horas por día (ya sea como empleados temporales o permanentes), para facilitar las operaciones empresariales -como mecanismo que coadyuve a estimular la inversión y la creación de empleos. (2) No hay menoscabo a derechos laborales garantizados por la Constitución. (3) Se ayuda así a restaurar la imagen exterior de Honduras, como país atractivo a la inversión internacional -porque prevalecen: (a) la demo- cracia [donde el interés de la mayoría ciudadana es lo primordial], (b) la estabilidad de las políticas públicas y (c) el cumplimiento cabal de las leyes por todos y para todos; entre otros aspectos positivos. Mi sugerencia es sencilla y eficaz: que no se merme (ni siquiera indirectamente) ningún derecho constitucional –manteniéndose cabalmente la proporcionalidad de los salarios y las retribuciones legales (inclusive las indemnizaciones, por supuesto) entre los “trabajos a tiempo com- pleto –de 8 horas” y los “trabajos a medio tiempo -de 4 horas” (ya sean permanentes o temporales); proporcionalidad que debe ser del 50%. Esto soluciona la gran cantidad de problemas que causa la actual figura del Empleo por Hora -problemas que menciono en el documento A. Luis Felipe Molina 16 de octubre de 2012
del Trabajo por Horas” es perjudicial para todos en varias áreas; incluyendo: agravamiento de la causa del subdesarrollo; menoscabo a la democracia, a la constitucionalidad y al cumplimiento de las leyes; perjuicio a la actividad empresarial; pérdida y tergiversación de derechos tradicionales de una mayoría de la ciudadanía; agudización de las dificultades económicas de mucha gente; detrimento a la eficacia empres- arial en la organización y operación de las empresas grandes y pequeñas; desmejore de la productividad y merma de utilidades al menosca- barse el trabajo empresarial y su creatividad; creación innecesaria de otro elemento de confrontación en el país; ahuyentar a la buena inver- sión internacional, con (a) inestabilidad de las políticas del Estado y con (b) irrespeto a las leyes y al interés de la mayoría (tal como hacen en las dictaduras, no en las democracias). Por lo anterior, la "Ley del Trabajo por Horas" debe ser eliminada o rectificada.
RECTIFICACIÓN de la Ley del Trabajo por Horas [Fundamentalmente, se debe evitar] estimular a las empresas (pequeñas o grandes) para que sustituyan empleados permanentes con empleados por horas; sustitución que… ocurriría [ineludiblemente] dentro [d]el reemplazo normal de los que renuncian o son despedidos todos los días. Para no crear ese estímulo, el Congreso debe establecer que: Se crea la figura del EMPLEO A MEDIO TIEMPO (en lugar del empleo por hora)… siendo la diferencia entre los nuevos empleos a medio tiempo y los empleos a jornada completa, únicamente que la jornada diaria será de 4 horas en lugar de 8 horas, y la jornada semanal será de 22 horas en lugar de 44 horas. Por lo tanto, los empleados con [las nuevas] jornadas a medio tiempo, tendrán: (a) TODOS los tipos de salarios y bene- ficios, y (b) la misma protección (proporcional) contra el [despido injustificado], que tienen los empleados con jornadas completas. Estos nuevos salarios, en igualdad de condiciones, deben ser la mitad de lo que ganan los empleados con jornadas completas; incluyendo aguinaldo y catorceavo mes, vacaciones, tiempo extraordinario (a partir de las 4 horas de trabajo), indemnizaciones por despido, etc. Con relación al IHSS e INFOP y otras instituciones, se debe seleccionar uno de los mecanismos viables… pero las instituciones deberán prestar… [buenos] servicios a los empleados a media jornada. [Estos nuevos] empleos a media jornada también podrán ser temporales, [al igual que] lo establecido [desde hace más de 50 años] por la Ley para los empleos temporales a tiempo completo. Así… se logrará lo siguiente:
el propósito de aprovechar: menores salarios proporcionales y [la creación de] una falta de protec- ción contra el [despido injustificado]. Más bien, las contrataciones a medio tiempo serán motivadas porque el empresario considere que así conviene a la empresa, pero por razones de productividad operacional, de producción o de servicio al cliente. (2) El empleado que solicite o acepte un trabajo de 4 horas, no sufrirá discriminación o menoscabo en la compensación de su aporte en trabajo -[ya que] en relación proporcional con las compensacio- nes de los empleados con jornadas de 8 horas [, recibirá un 50% de compensaciones -dependiendo del rendimiento de cada empleado y de las políticas de cada empresa]. Quedaría la desventaja que los costos fijos del empleado de 4 horas (transportación, alimentación y tiempo) serían compensados en menor proporción que los empleados de 8 horas. (3) Con estas modificaciones… se legisla en consonancia con el Artículo 136 y otros de la Constitu- ción de la República, y se evitan [otros] graves perjuicios… [Las] centrales obreras deberían estar … de acuerdo con estos cambios.
Éste ya tiene mucho trabajo propio por hacer; y, generalmente, la mejor manera en que los gobiernos pueden ayudar en asuntos del sector privado es no tratando de ayudar, y no dando prebendas que merman la voluntad (la necesidad) de ejercer la iniciativa y el esfuerzo productivo empresarial. Es el trabajo creativo independiente y éxito empresarial, en un ambiente de libertad, legalidad, competencia y productividad, lo que hace grandes a las naciones, junto con el trabajo productivo del recurso humano; para lo que es imprescindible que el Gobierno: no le quite a uno para darle a otro, evite dar prebendas y privilegios, defienda todas las garantías constitucionales [y cumpla y haga cumplir la Constitución y la leyes.] [Al mantenérsele a] los nuevos trabajos de 4 horas por día… los salarios (de todo tipo, aguinaldo, vacaciones, etc.) al igual que la protección contra el desempleo (es decir, las indemnizaciones por despido injustificado), proporcional- mente a los trabajos de 8 horas por día, entonces, la nueva ley [no] ocasionará los daños mencionados en los puntos (1) a (23) de mis comentarios del 26 de octubre de 2010. [Es fundamental] la premisa… del constante cumplimiento cabal de la ley por parte de todos. Con toda consideración y respeto, felicito anticipadamente por la sabia rectificación… [en procura del] bienestar de todos. Que nuestro Padre celestial ilumine las mentes y [fortalezca] los corazones de nuestros diputados. Luis Felipe Molina Octubre 29, 2010
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Voluntad de la Mayoría -EMPLEOS POR HORA |
37 del Artículo 205 de la Constitución de La República.] No debe haber NINGUNA protección especial. NUNCA deben haber incentivos fiscales sectoriales –mucho menos individuales. Lo que necesitamos es demostrar claramente: que (1) los inversionistas son bienvenidos; que (2) hay absoluta justicia -esta- bilidad y cumplimiento de las leyes en el sector público –Congreso Nacional, Poder Ejecutivo y Sistema Judicial; que (3) el país aspira a desempeñarse siempre con ética y productividad; que (4) la democracia prevalece -que el país nunca es regido por ideologías, asuntos o intereses minoritarios; que (5) en todo prevalece la Fe cristiana compartida por la mayoría de la gente de Honduras (siendo la prevalencia de la mayoría: lo esencial de la democracia, la justicia y la libertad). LFM.14/10/2012 |
-Sobre Trabajos por Hora versus Trabajos a Medio Tiempo. Enero 4, 2013. Sección 1.....................Sección 2.....................Sección 3
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aun cuando no se les hubiesen dado excepciones tributarias. A este servidor le tocó la responsabilidad de desarrollar una inversión de US $ 87 millones en el Norte de México, para la cual el Gobierno Federal y los gobiernos locales otorgaron múltiples incentivos fiscales (cero aranceles durante la inversión, devoluciones de IVA, ISR preferencial, etc.), pero la inversión la hubiésemos realizado de todas maneras –sin esa “ayuda”: Si hubiésemos necesitado de muletas fiscales para tener excelente rentabilidad, tal vez la inversión se hubiese hecho en otro lado. Lo único que necesitábamos del sector público de México, era evidencias constantes de estabilidad jurídica y equilibrio político y social -nada más. Los vaivenes legislativos, aun cuando parezcan ser bien intencionados, ahuyentan a la buena inversión. Copiemos lo bueno: En EEUU, nación a la que admiro y de la cual recomiendo que imitemos, el sector privado sostiene al Estado –no al revés. LFM. 26/10/2010 |